Las medidas de aislamiento social obligatorio a causa del coronavirus, que entraron en vigor desde el pasado 20 de abril y se mantendrán hasta el 17 de mayo en Jalisco, dejaron dudas en la población.
1. ¿Puedo salir a comprar insumos básicos como alimentos, bebidas, productos de limpieza, higiene y medicinas?
R: Sí, siempre y cuando al salir de casa lleves cubrebocas y las compras las realice un solo integrante de la familia.
2. ¿Los talleres mecánicos, llanteras, talleres de bicicletas y reparación de electrodomésticos y aparatos electrónicos estarán operando?
R: Sí.
3. Puedo realizar actividades recreativas o deportivas al aire libre?
R: No.
4. ¿Puedo salir a pasear a mis mascotas, llevarlas a la veterinaria y adquirir los productos necesarios para su cuidado?
R: Sí, siempre y cuando al salir de casa lleves cubrebocas. Recuerda que solo puede hacerlo un integrante de la familia.
5. ¿Puedo acudir a sucursales bancarias?
R: Sí, siempre y cuando al salir de casa lleves cubrebocas y respetes las medidas sanitarias de la sucursal financiera.
6. ¿Se restringen los traslados en la ciudad?
R: Deben realizarse solo los indispensables para satisfacer necesidades elementales y utilizando cubrebocas.
7. ¿El transporte público estará operando con normalidad?
R: Sí. Para abordarlo, debes utilizar cubrebocas.
8. ¿Puedo utilizar la bicicleta para realizar traslados?
R: Sí, siempre y cuando utilices cubrebocas y su uso sea para realizar un traslado sin fines lúdicos y deportivos.
9. ¿La policía puede detenerme para preguntar a dónde voy y por qué estoy en la calle?
R: Sí. Se explicará el motivo y se hará énfasis en la importancia de permanecer en casa para evitar contagios de coronavirus.
10. Si pertenezco al grupo más propenso a contraer coronavirus y tengo la necesidad de salir a comprar insumos básicos, ¿seré objeto de una sanción?
R: No.
11. ¿Qué sanción me aplicarán si salgo a la calle sin cubrebocas?
R: Podría ser un apercibimiento, amonestación o arresto por 36 horas. La intención sensibilizar a las personas sobre la importancia de quedarse en casa y si es necesario salir, hacerlo siguiendo las medidas sanitarias ampliamente difundidas.
12. ¿En dónde reportar un abuso policial?
R: A la Dirección de Asuntos Internos de la Comisaría tapatía: 12016059.
En el decreto que se publicó en el Diario Oficial del Estado, se mencionó que las sanciones que podrán aplicarse se establecen en los artículos 417 y 427 de la Ley General de Salud, así como en los artículos 345 y 356 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.
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