Con la finalidad de respaldar el decreto de Emergencia Sanitaria emitido por la federación para mitigar los contagios de coronavirus en Jalisco, el Gobierno Estatal anunció la suspensión de actividades no esenciales a partir de este miércoles a las 19:00 horas.
Tras anunciar la medida, en redes sociales surgió el rumor de que con el cierre de negocios se decretaría la ‘Ley Seca en toda la entidad‘, sin embargo, lo último fue desmentido por las autoridades.
Aclararon que a pesar de giros como cantinas, licorerías, bares y otros centros de consumo de alcohol no podrán abrir hasta el próximo 30 de abril, la población si podrá adquirir los productos embriagantes en establecimientos que tengan como giro comercial la venta de alimentos, tiendas de autoservicio, de abarrotes, siempre y cuando tengan los permisos.
Las actividades que sí están permitidas son las necesarias para atender la emergencia sanitaria como lo son las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sistema nacional de salud. También las que participan en su abasto, servicios, y proveeduría, entre las que destacan el sector farmacéutico, tanto en su producción, como en su distribución, es decir las farmacias, pero también las actividades industriales para el empacado de las medicinas.
Son actividades esenciales también las de los sectores fundamentales de la economía: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable; industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada, guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios, y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación; servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales; logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles). También están permitidas las actividades que tienen que ver con la operación de los programas sociales de gobierno y las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que aseguran a producción y distribución de servicios indispensables; a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica. Por último, son actividades esenciales las involucradas en la seguridad pública y Proteccion ciudadana, la defensa de la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia; así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.
Otro factor a considerar es que todos los empleados que menos ganen de las actividades no esenciales tendrán asegurados los salarios y sus prestaciones.
De manera conjunta, las autoridades municipales y elementos de protección civil continuarán con los perifoneos que recuerdan a los ciudadanos permanecer en sus casas, ya que en Jalisco no hay toque de queda ni sanciones a quienes no lo acaten.
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